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Cártel de coches: la Audiencia de Madrid reabre la demanda de 31 compradores incluidos sin su permiso en una acción colectiva (recurso de un despacho de Terrassa)

La Audiencia Provincial de Madrid ha reabierto la reclamación de 31 compradores de vehículos afectados por el cártel de fabricantes de coches cuya demanda individual había sido archivada. El recurso lo ha ganado Allura y Peimondt, despacho con sede en Terrassa especializado en reclamaciones masivas y derecho de la competencia.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 19 de Madrid había sobreseído el pleito por litispendencia: los vehículos de los demandantes figuraban en el anexo de una acción colectiva que una asociación de consumidores sigue ante el Mercantil n.º 4 de Madrid, con más de 442.000 vehículos identificados por matrícula, aunque estos compradores nunca se adhirieron ni se personaron en ella. La Sección 32ª de la Audiencia, especializada en mercantil, estima el recurso mediante el auto 43/2026, de 17 de septiembre, ordena continuar el procedimiento e impone las costas del recurso a la fabricante demandada. Contra la resolución no cabe recurso.

El tribunal, apoyándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo, razona que el llamamiento público a los afectados en una acción colectiva por intereses difusos no basta para extender la cosa juzgada a quienes no se han personado. Figurar en una lista no convierte a nadie en parte de ese pleito ni le impide reclamar por su cuenta. La Sala añade una advertencia al legislador: España sigue sin transponer la Directiva (UE) 2020/1828 sobre acciones de representación, cuyo plazo venció en diciembre de 2022, y el sistema actual no define con claridad quién puede reclamar en nombre de quién.

Los 31 compradores reclaman un sobrecoste del 10,05 % del precio pagado más intereses, unos 97.000 euros en total. Aunque el auto resuelve un caso concreto, fija un criterio invocable en otros procedimientos individuales en los que las fabricantes hayan opuesto la misma excepción de litispendencia, algo que según el despacho viene siendo habitual. En palabras de su socio director, Manel Espinosa, «nadie puede litigar en tu nombre sin tu permiso».

Fuente: Diari de Terrassa (23/09/2026).

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