Medidas de apoyo a la discapacidad: la revisión es cada 3 años, no cada 6 (AAP Barcelona 243/2026, origen Terrassa)
La AP de Barcelona (Secc. 18ª, Auto 243/2026) confirma una asistencia sin representación a una persona con discapacidad, pero rebaja el plazo de revisión de seis a tres años (art. 226-2.6 CCC). Origen: TI de Terrassa. ECLI:ES:APB:2026:4113A.
